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- F22 A.T.2021 | ZT Consultores
Formulario 22 A.T.2021 Le presentamos el nuevo diseño del F22 que el SII publicó en su sitio web, que tendrá su estreno en esta "Operación Renta A.T.2021" en formato digital, en donde podrás navegar en sus nuevas líneas y sus nuevos recuadros, agregando los "Recuadros N° 12, 13, 14,15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, etc., (reverso)" del formulario. Ver más Recuadros F-22 A.T.2021 - Régimen (Nvo.Semi Integrado) Art.14 A) Presentamos los nuevos recuadros del (Reverso) Formulario 22, para el "Régimen de Tributación Semi Integrado Art.14 Letra A)" , recuadros importantes para la confección de esta Operación Renta A.T.2021" . Ver más
- Tributaria 6: Pro Pyme Tranp Art.14 D) 8 | ZT Consultores
Régimen Pro Pyme Transparente (Nuevo) .- ART.14 D) N°8.- I.- Descripción General: Régimen Tributario enfocado en micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales (personas naturales con o sin domicilio ni residencia en Chile o bien, personas jurídicas sin domicilio ni residencia en Chile), determina su resultado tributario, como norma general, en base a ingresos percibidos y gastos pagados, estando liberada de llevar contabilidad completa con la posibilidad de optar por llevar contabilidad completa. En este caso la empresa Pyme quedará liberada del Impuesto de Primera Categoría y sus propietarios deberán tributar con sus impuestos finales en base al resultado tributario determinado por la empresa en el mismo año en que éste se genere.” II.- A quién está dirigido: Micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes), cuyos propietarios son contribuyentes de impuestos finales (Impuesto Global Complementario –Impuesto Adicional). III.- Requisitos: Debe cumplir todas las condiciones del Régimen Pro Pyme. Los propietarios deben ser personas naturales con o sin domicilio o residencia en Chile, o bien personas jurídicas sin domicilio ni residencia en Chile, es decir, contribuyentes de impuestos finales (Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional). Las empresas deben informar al SII que quieren acogerse a este régimen, según éste instruya mediante resolución. Los contribuyentes acogidos al Régimen 14 ter al 31 de diciembre de 2019, pasan de pleno derecho al Régimen ProPyme transparente si cumplen los requisitos de este último. IV.- Beneficios y Características: 1.- Propuesta de declaración del SII a la empresa, en base a información del Registro de Compras y Ventas (RCV) complementable por el contribuyente. 2.- No aplica corrección monetaria, no practica inventarios. 3.- Sus existencias o insumos existentes al término del año se reconocen como gasto. 4.- Aplica depreciación instantánea de su activo fijo. 5.- Determina base imponible simplificada, según ingresos percibidos y gastos pagados (salvo en caso de operaciones con empresas relacionadas). Incluye retiros o dividendos percibidos por participación en otras empresas. 6.- Está liberada de mantener los registros de rentas empresariales (RRE). 7.- Determina un Capital Propio Tributario simplificado (contribuyentes con ingresos superiores a UF 50.000). 8.- Utiliza tasas fijas de PPM. 9.- Puede acceder a un informe de situación tributaria que le permitirá tener acceso al sistema bancario para obtener financiamiento. 10.- En contra de los impuestos finales que afectan a los propietarios aplican el crédito del art. 33 bis de la LIR y los asociados a los retiros y dividendos percibidos (además aplica el crédito por IDPC asociado al ingreso diferido proveniente de un cambio de régimen). V.- Tipo de Contabilidad: Queda liberada para efectos tributarios de llevar contabilidad completa. Para el control de sus ingresos y egresos utilizarán el Registro de Compras y Ventas, salvo quienes no se encuentren obligados a llevar ese registro que llevan un registro de ingreso y egreso. Deben llevar un libro de caja. Pueden llevar contabilidad completa sin que se altere la forma de tributación de su resultado. VI.- Tributación: La empresa está liberada el IDPC. Los propietarios deberán tributar con sus impuestos finales en base al resultado tributario (positivo) determinado por la empresa en el mismo ejercicio en que se genere, en base al porcentaje de participación en las utilidades o el capital, según corresponda. VII.- Tasa de Impuesto de Primera Categoría: Al estar la empresa liberada del IDPC, no le aplica una tasa de dicho tributo. VIII.- Tasa PPM.: Es de 0,2% en la medida que los ingresos brutos, no excedan de 50.000 UF. En el año de inicio del 0,2%. Si los ingresos brutos del giro del año anterior no exceden de 50.000 UF es de 0,2%. Si los ingresos brutos del giro del año anterior exceden de 50.000 UF es de 0,5%. IX.- Registros: No llevan registros empresariales. Volver a Inicio
- Ver más Noticias | ZT Consultores
Incentivo al ahorro del artículo 14 ter, letra C de la Lir.- A partir del 1 de enero del año 2017, se puede utilizar el beneficio del incentivo al ahorro (artículo 14 ter letra c de la Ley sobre Impuesto a la Renta), para ciertas empresas que cumplen ciertos requisitos. Leer más SII publica Suplemento Declaraciones Juradas con instrucciones y novedades para este proceso de Renta 2020.- El viernes 29 de noviembre del presente año el SII publicó a través del el Mercurio, "El Suplemento de Declaraciones Juradas Operación Renta A.T.2020". La presente Guía de ayuda busca entregar apoyo para el cumplimiento tributario. Leer más SII publica instrucciones para certificación de software de Declaraciones Juradas de Renta 2020 El miércoles 27 de noviembe del 2019, el SII informa en su portal que ya se encuentran disponibles las instrucciones para los fabricantes y distribuidores de software interesados en participar en el proceso de certificación de archivos necesarios para generar las Declaraciones Juradas para la Operación Renta 2020. Leer más Trámites frecuentes podrán realizarse a través de la "Mesa de Ayuda del SII". Santiago, 13 de noviembre de 2019, el SII a raíz de la situación que vive el país, estableció un procedimiento que permite entregar orientación especializada y personalizada a los contribuyentes, para facilitar su cumplimiento tributario. Leer más
- Operación Renta A.T.2021 | ZT Consultores
Operación Renta Año Tributario 2021 En este proceso de Operación Renta, podrá encontrar una guía para poder acceder a toda la información con los formularios que debe enviar. Novedades: Las principales novedades del proceso de Renta de este año están relacionadas con la incorporación de los nuevos regímenes tributarios que introdujo la Ley N°21.210 de Modernización Tributaria. En ese contexto, se incorporaron las siguientes declaraciones juradas: DJ 1947 (Régimen Propyme Transparente), DJ 1948 (Régimen Parcialmente Integrado y Propyme General) y DJ 1949 (en la que se establece la forma y plazo para presentar la información sobre dividendos distribuidos y créditos correspondientes por acciones en custodia). Declaraciones Juradas Año Tributario 2021 También es de suma importancia poder destacar que junto con las nuevas DJ, se modificaron 23 declaraciones juradas considerando los cambios establecidos en la Ley de Modernización Tributaria. Destacan especialmente los cambios a la Declaración Jurada 1887 sobre Sueldos y a la 1879 sobre Honorarios, en las que se incorpora información asociada a Leyes Sociales, AFP e Isapres, entre otros, para la construcción de asistentes y de la propuesta de Declaración de Renta para las empresas sujetas a los regímenes Propyme. Adicionalmente, en la DJ 1887 se deberá incorporar el detalle mensual por trabajador de los montos correspondientes a la remuneración afecta a Impuesto Único de Segunda Categoría. Antes solo se informaba los meses en que se recibía, ahora se incluye el detalle del monto percibido. Se inició la Operación Renta 2020, con la primera etapa que corresponde a la presentación de las Declaraciones Juradas, proceso en el que los contribuyentes deben entregar al Servicio de Impuestos Internos información propia y de terceros, la que es utilizada para la correcta confección de la Propuesta de Declaración de Renta que estará disponible en abril y para los análisis de cumplimiento tributario respectivos Formulario 22 Año Tributario 2021
- Centro de Ayuda | ZT Consultores
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- Contacto Plan Premium | ZT Consultores
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- Planes Pequeños Negocios | ZT Consultores
POR QUE TAMBIEN CREEMOS QUE LOS PEQUEÑOS NEGOCIOS (ALMACENES, KIOSCOS, BAZARES, PAQUETERIAS, SUPLEMENTEROS, FERIAS LIBRES, VERDULERIAS Y CUALQUIER OTRO CONTIBUYENTE ESTABLECIDO EN LA VIA PUBLICA), SON IMPORTANTE PARA DESARROLLO DE NUESTRO PAIS.- Para pequeños contribuyentes , tenemos los siguientes Planes Especiales, eligiendo el que más te acomode: Siempre y cuando el contribuyente cumpla los siguientes requisitos para poder optar al "Plan Básico" o al "Plan Pro + Remuneraciones": 1.- Ser Contribuyente Persona Natural. 2.- Debe Tributar bajo el Régimen Pro Pyme Transparente Art.14 D) N° 8 de la Lir. 3.- Sus Ventas Mensuales no superen a las 40 UTM. = UTM.01.2021 x 40 UTM = $ 2.039.120).- Plan Básico 0,812 UF = $ 23.648 (Llevado todo On line) ___________________________ - Declaración Mensual Iva (F.29). - Registro Compras y Ventas. - Confección y Emisión Libro de Compras y Ventas Computacional. - Consultoría con nuestros Asesores: Vía Whatsapp, Mail o Telefónica. Plan Pro + Remuneraciones 1,165 UF = $ 33.929 ___(Llevado todo On line)_____ - Declaración Mensual Iva (F.29). - Registro de Compras y Ventas. - Confección y Emisión Libro de Compras y Ventas Computacional. - Confección Contratos de Trabajos, Liquidaciones de Sueldos,Cartas de Término de Contrato, Finiquitos, Tramitación LME, (Sólo hasta 3 trabajadores). - Carga y Generación de planillas previsionales a través de Previred (Sólo hasta 3 trabajadores). - Consultoría con nuestros Asesores: Vía Whatsapp, Mail o Telefónica. Plan Premium 1,871 UF = $ 54.491 (Levado todo On Line) ___________________________ ¿Necesitas adicionar otros Servicios? Podemos armar un plan a tu medida Para este Plan también pueden optar, los Contribuyentes que tributan Bajo el Régimen Gral. Semi Integrado Art.14 A) y bajo el Régimen Pro Pyme Gral. Art. 14 D) N° 3.- - Todo El PLAN BASICO + PLAN PRO (Remuneraciones). - Conciliaciones Bancarias. - Balance General. - Visitas y compañamiento al SII. - Consultoría con nuestros Asesores: Vía Whatsapp, Mail o Telefónica. Me interesa Me interesa Me interesa